Dos ayudas han salido publicadas en las últimas semanas:

 

1) El llamado “kit digital”, que tiene por objetivo fomentar la digitalización de pequeñas empresas y autónomos, y consiste en una ayuda económica directa destinada a financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogido en la plataforma “Acelera pyme”, o bien sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional.

El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con Agentes Digitalizadores Adheridos. Este «bono digital» no podrá hacerse efectivo hasta que el Agente Digitalizador, en nombre del beneficiario y siendo este el responsable último, presente la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.

Se puede solicitar desde hoy y hasta el 15 de septiembre.

El importe de la ayuda máxima es de 12.000 euros.

Beneficiarios: empresas con entre 10 y 50 trabajadores.

Sólo puede solicitarse de forma telemática, a través del certificado digital de la empresa, a través de la Sede Electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/). También puede solicitarse a través de un Agente Digitalizador Adherido.

Se puede acceder a toda la información a través de https://www.acelerapyme.es/

Tenga en cuenta que se establece como requisito para la solicitud, entre otros, “disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma AceleraPyme”, por lo que deberán llevar a cabo este test antes de efectuar la solicitud.

 

2) El pasado 25 de febrero se inició el plazo para presentar solicitudes de subvenciones destinadas a promocionar la ocupación autónoma, consistente en ayudas económicas al inicio de la actividad (a) o para financiar nuevas líneas de negocio o cambios de actividad (b).

Se puede solicitar hasta el 31 de mayo.

La cuantía de las ayudas es de 5.000 euros.

Beneficiarios: personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo (a) o autónomos que lleven al menos 1 año de alta o 4 meses si se trata de una actividad estacional (b)

Sólo puede solicitarse de forma telemática, a través del certificado digital, solicitando turno en https://reservatorn.caib.es (no es necesario certificado digital para solicitar turno).

Tenga en cuenta que entre otros requisitos previos, debe presentarse certificado acreditativo de haber cursado la formación online diseñada por el I.D.I. (https://www.iempren.es/formacio-en-linia/), así como un plan de empresa elaborado obligatoriamente según modelo disponible en https://www.iempren.es/descarrega-el-model-de-pla-dempresa/. Este plan de empresa será sometido a valoración técnica por parte del Govern Balear, denegándose si se considera ni viable.

Con posterioridad, se establecen otras obligaciones, tales como mantenerse de alta durante al menos 2 años, no simultanear la actividad subvencionada con un contrato laboral con un tercero, o participar en talleres.